Aval
El aval pertenece al derecho mercantil, en concreto a los llamados títulos de crédito; es decir, a los pagarés (muy usados) y letras de cambio (de poco uso hoy día) y está regulada por la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito (LTYOC). Por ley, solo es aplicable a los títulos de crédito a menos que, en el contrato, sea notorio que la terminología se utilizó por desconocimiento de su definición, algo que suele pasar.
Fiador
El fiador, aparece en el derecho civil y se considera para garantizar otro tipo de obligaciones, por ejemplo, las que derivan de un contrato de arrendamiento. Un fiador no puede ser obligado a pagar, sin que antes sea requerido el deudor y se haga la debida excusión de sus bienes, o sea, antes de cobrarle al fiador, se debe realizar un procedimiento judicial para que el deudor pague.
Escribir comentario